>Juicios Colectivos - REGISTRO ESTATAL DE TRÁMITES Y SERVICIOS (RETYS)

REGISTRO ESTATAL DE TRÁMITES Y SERVICIOS (RETYS)

Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza
Secretaría de Vivienda y Ordenamiento Territorial
Trámite: Juicios Colectivos
Descripción del Trámite

A través de este procedimiento se ejercerá judicialmente acción con pretensión de protección de intereses de grupos determinados para la regularización colectiva de la tenencia de la tierra, de acuerdo a las previsiones de los Códigos Civil del Estado de Coahuila de Zaragoza y Código Procesal Civil del Estado de Coahuila de Zaragoza.

Lugar de Atención
Telefono

ACUÑA Libramiento Sur Poniente #1610, entre Cobre y Noche Buena, Col. Ampl. Las Américas 

Tel: 877-888-61-98

MONCLOVA Blvd. Benito Juárez Nº 717 y 718 Col. Roma 

Tel: 866-633-01-97

PIEDRAS NEGRAS Blvd. De las Culturas #609 local 7-B Col. González. 

Tel: 878-782-39-55

SALTILLO Dirección General de CERTTURC. Clzd. Emilio Carranza # 255 Zona Centro 

Tel: 844-410-27-27 y 844-412-09-62

SAN JUAN DE SABINAS Orizaba y 5 de Febrero Col. Independencia, Nueva Rosita.

Tel: 861-614-02-32

TORREÓN Avenida Morelos No. 174 Col. Centro; entre calles Javier Mina y Jiménez. 

Tel:871-716-92-50
Secretaría
Secretaría de Vivienda y Ordenamiento Territorial
Área u Oficina
Comisión Estatal para la Regularización de la Tenencia de la Tierra Urbana y Rústica en Coahuila (CERTTURC)
Costo y Forma de Pago
Costos de Juicios Colectivos: En base a la cantidad de solicitantes, dificultades de medición y valuación, traslados (gastos de viaje) para la elaboración de censos, planos y diligencias de juicio.
Observaciones

PASOS

1.-Investigar
2.-Demanda
3.-Audencia de Inicio
4.-Audiencia de desahogo de pruebas
5.-Sentencia

Tiempo de Respuesta
De 9 a 11 meses desde que inicia
Horario de Atención

Lunes a viernes 9:00 a.m. a 16:00 hrs.

Página Web - Redes Sociales
http://www.certturccoahuila.gob.mx/
Correo Electrónico
certtuc@prodigy.net.mx

Persona física con derechos de posesión de un predio.


Contar con un expediente general en el que se incluya, como requisito indispensable, antecedente del propietario, certificado de libertad de gravamen y plano general de lotificación autorizado.
1.- Ser persona física. 
2.- Ser poseedor de un predio definido como irregular por las instancias estatales o municipales competentes.
3.- Ser titular de un derecho sobre el mismo predio. 
4.- No tener propiedad inscrita a su nombre. 
5.- Establecer su domicilio en el predio. 
6.- Documentos personales y del predio, documentos y pruebas que acrediten el origen, tiempo y condiciones de su posesión, conforme a las reglas de la legislación civil para la usucapión, otorgamiento de escritura e inmatriculación, En el caso de los juicios de otorgamiento de escrituras, deberán además justificar la fecha en la que adquirió el predio a su legítimo propietario, con contrato de compra venta o carta de liberación.
7.- Llenar la solicitud y efectuar el Pago del costo del servicio.



Publicadas en el P.O. el día 12 de marzo de 2010.



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