Regular y controlar a las personas físicas o morales legalmente constituidas que previo cumplimiento de los requisitos legales presten servicios de seguridad privada en la entidad en las modalidades señaladas en los ordenamientos aplicables.
Lugar de Atención |
Telefono |
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Periférico Luis Echeverría Álvarez #5402. Int-1, Centro Metropolitano, C.P. 25050. |
(844) 438 98 00 EXT. 8015 y 8050 |
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PASOS
El trámite para Autorización y/o Revalidación para la prestacions de los servicios de seguridad privada está sujeto a revisión, conforme a lo previsto en los ordenamientos de la materia.
9:00 a las 16:00 horas
Persona Física y Moral que vaya a Prestar Servicios de Seguridad Privada en el Estado.
Artículo 246 de la Ley del Sistema Estatal de Seguridad Publica de Coahuila de Zaragoza; Artículos 13-27 del Reglamento de los Servicios de Seguridad Privada del Estado de Coahuila de Zaragoza
Artículo 246 de la Ley del Sistema Estatal de Seguridad Publica de Coahuila de Zaragoza; Artículos 13-27 del Reglamento de los Servicios de Seguridad Privada del Estado de Coahuila de Zaragoza
Artículo 252 de la Ley del Sistema Estatal de Seguridad Publica de Coahuila de Zaragoza y artículo 9 Reglamento de los Servicios de Seguridad Privada