>Aviso de aprovechamiento de ejemplares - REGISTRO ESTATAL DE TRÁMITES Y SERVICIOS (RETYS)

REGISTRO ESTATAL DE TRÁMITES Y SERVICIOS (RETYS)

Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza
Secretaría de Medio Ambiente
Trámite: Aviso de aprovechamiento de ejemplares, partes y derivados de especies silvestres que no se distribuyen naturalmente en territorio nacional.
Descripción del Trámite

Trámite para las personas físicas o morales responsables de predios o instalaciones que manejen vida silvestre de forma confinada cuando se pretenda efectuar aprovechamiento extractivo de ejemplares de vida silvestre exótica.

Lugar de Atención
Telefono

REGIÓN SURESTE
Centro de Gobierno 2º piso, Carr. 57 km. 6.5 con Blvd. Centenario de Torreón, C.P 25294, Saltillo, Coahuila. 

Teléfono: 844 698 10 02

REGIÓN NORTE*
Av. 16 de Septiembre 218, Edificio del CRIT, CP 26010, Piedras Negras, Coahuila. 
*Esta ventanilla solo funge como oficina receptora, por lo que se recibe la solicitud solo para efecto de ser turnado a la Ventanilla Única de Vida Silvestre de la Secretaría de Medio Ambiente en Saltillo, Coahuila, donde se le dará atención al trámite para su resolución.

Telefono: 878 782 21 59
Secretaría
Secretaría de Medio Ambiente
Área u Oficina
Subdirección de Vida Silvestre
Costo y Forma de Pago
Por la elaboración de tasa de aprovechamiento: $1,487.00
Forma de pago: PAGAFACIL
Observaciones

PASOS

1-Recepción

2-Revisión de requisitos

3-Integración

4-Evaluación-Dictamen

5- Resolutivo

Tiempo de Respuesta
No aplica ya que el trámite es un aviso, por lo que no requiere respuesta. Fundamento Jurídico: Artículo 86, Ley General de Vida Silvestre, publicado en el DOF el 3 de julio de 2000.
Horario de Atención

9:00 - 13:00 horas

Página Web - Redes Sociales
Correo Electrónico
buzon@sma.gob.mx

Dirigido a responsables de predios o instalaciones que manejen vida silvestre de forma confinada y que desean realizar aprovechamiento extractivo de especies de vida silvestre exótica.


Formato externo FF-SEMARNAT-100, además:
1. Acreditar personalidad mediante: Copia de identificación oficial vigente para personas físicas y representantes legales (Credencial para votar INE, Pasaporte, Cédula Profesional o Cartilla del Servicio Militar); Acta Constitutiva para el caso de personas morales; De ser el caso, Poder Notarial para representantes legales; De ser el caso, la representación de las personas físicas deberá acreditarse mediante carta poder firmada ante dos testigos y copia de identificaciones correspondientes.
Fundamento Jurídico: Artículo 12, párrafo segundo, Reglamento de la Ley General de Vida Silvestre, publicado en el DOF el 30 de noviembre de 2006.

2. En el caso de predios e instalaciones, el inventario actualizado de las especies incluidas en la autorización y, en el caso de las UMA, el monitoreo actualizado de acuerdo al plan de manejo autorizado
Fundamento Jurídico: Artículo 103, Fracción I, Reglamento de la Ley General de Vida Silvestre, publicado en el DOF el 30 de noviembre de 2006.
3. En el caso de especies en riesgo o peligro de extinción, se señalará el programa avalado por la Secretaría en el que participará o la propuesta que somete el particular para su aprobación de la Secretaría.
Fundamento Jurídico: Artículo 103, Fracción II, Reglamento de la Ley General de Vida Silvestre, publicado en el DOF el 30 de noviembre de 2006.



Trámite realizado de conformidad a lo establecido en la Ley General de Vida Silvestre y su Reglamento,a la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y a lo establecido en el Procedimiento especifico de Autorizaciones en Materia de Vida Silvestre PE-VS-002


Digital y/o Presencial. 


Imprimir