Trámite para la expedición del registro del fierro de herrar y la señal de sangre para acreditar la propiedad del ganado, en términos de la Ley de Ganadería para el Estado de Coahuila de Zaragoza.
Lugar de Atención |
Telefono |
Nombre del responsable: M.V.Z. FRANCISCO MANUEL HERRERA TELLEZ Nombre del responsable: ING. ROGELIO PARRA SÁNCHEZ
|
Presidencia Municipal / Dirección de Desarrollo Rural que le corresponda |
COSTO:
$519.00 (QUINIENTOS DIECINUEVE PESOS 00/100 M.N.)
FORMA DE PAGO CON PAGAFACIL.GOB
PASOS
La solicitud y los demás requisitos deberán ser presentados por el solicitante en forma física en la presidencia municipal del municipio donde se encuentre el predio donde desarrolla la actividad ganadera, la cual remite a la Secretaría de Desarrollo Rural la documentación para expedir el registro. Una vez terminado, el certificado de registro se entrega al solicitante físicamente a través de los municipios.
Lunes a viernes de 9:00 a 16:00 horas
Personas físicas o morales que pretendan dedicarse a la ganadería y registrar un fierro de herrar y/o señal de sangre para marcar animales, a efecto de, entre otras cosas, acreditar la propiedad sobre los mismos.
Para la expedición del registro de fierro de herrar y/o señal de sangre, el solicitante deberá cumplir y presentar con los siguientes requisitos:
I. Solicitud con fotografía reciente a color tamaño infantil y firma autógrafa, señalada como ANEXO I.
II. Original para cotejo y copia del documento vigente que acredite la propiedad o legal posesión del predio (s) donde desarrollará la actividad ganadera, de conformidad con el catálogo señalado como ANEXO II.
III. Original del comprobante de pago de derechos y de su respectivo formato, conforme a lo previsto en la Ley de Hacienda para el Estado de Coahuila de Zaragoza.
IV. Escrito dirigido a la Secretaría de Desarrollo Rural del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza, con firma autógrafa en el que manifieste consentimiento para el tratamiento de sus datos personales establecido en el aviso de conformidad respectivo, señalados como ANEXO III y ANEXO IV.
V. Adicionalmente a lo señalado en las fracciones I, II, III y IV del presente artículo, si el solicitante es una persona física deberá presentar:
1) Copia de su clave única de registro de población (CURP), expedida por autoridad competente.
2) Original para cotejo y copia del anverso y reverso de la identificación oficial vigente con nombre, domicilio, fotografía y firma.
VI. Adicionalmente a lo señalado en las fracciones I, II, III y IV del presente artículo, si el solicitante es una persona moral, por conducto de su apoderado o representante legal deberá presentar:
1) Original para cotejo y copia del acta constitutiva protocolizada e inscrita en el registro público, o en su caso, del documento legal de creación, de conformidad con la legislación aplicable.
2) Original para cotejo y copia del acta protocolizada e inscrita en el registro público mediante la que se designa a quien interviene, como apoderado, con una antigüedad no mayor a tres años, o de ser el caso, mediante el documento en el que se le designe como representante legal, de acuerdo la normatividad vigente.
3) Original para cotejo y copia de identificación oficial vigente con nombre, domicilio, fotografía y firma de quien interviene, como apoderado o representante legal.
Comprobante de pago de derechos
Acuerdo por el que se determinan los requisitos para la expedición, revalidación, traspaso y cancelación del registro del fierro de herrar y la señal de sangre en el Estado de Coahuila de Zaragoza.
Presencial