>Expedición Registro de Fierro de Herrar y Señal de Sangre - REGISTRO ESTATAL DE TRÁMITES Y SERVICIOS (RETYS)

REGISTRO ESTATAL DE TRÁMITES Y SERVICIOS (RETYS)

Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza
Secretaría de Desarrollo Rural
Trámite: Expedición Registro de Fierro de Herrar y Señal de Sangre
Descripción del Trámite

Trámite para la expedición del registro del fierro de herrar y la señal de sangre para acreditar la propiedad del ganado, en términos de la Ley de Ganadería para el Estado de Coahuila de Zaragoza.

Lugar de Atención
Telefono

Nombre del responsable: M.V.Z. FRANCISCO MANUEL HERRERA TELLEZ
Puesto: Director de Ganadería y Pesca
Domicilio de oficina de atención: Centro de Gobierno, Primer Piso, Carretera 57 KM 6.5 con Blvd. Centenario de Torreón, C.P. 25294, Saltillo, Coahuila
Teléfono Oficina: (844) 252 7900 Ext. 7986
Correo electrónico institucional: francisco.herrera@coahuila.gob.mx

 Nombre del responsable: ING. ROGELIO PARRA SÁNCHEZ
Puesto: Supervisor de Programas Rurales
Domicilio de oficina de atención: Centro de Gobierno, Primer Piso, Carretera 57 KM 6.5 con Blvd. Centenario de Torreón, C.P. 25294, Saltillo, Coahuila
Teléfono Oficina: (844) 252 7900 Ext. 7961
Correo electrónico institucional: rogelio.parra@coahuila.gob.mx

 

Presidencia Municipal / Dirección de Desarrollo Rural que le corresponda
Secretaría
Secretaría de Desarrollo Rural
Área u Oficina
Subsecretaría de Fomento Agropecuario / Dirección de Ganadería y Pesca
Costo y Forma de Pago

COSTO:

$519.00 (QUINIENTOS DIECINUEVE PESOS 00/100 M.N.)
FORMA DE PAGO CON PAGAFACIL.GOB

Observaciones

PASOS

La solicitud y los demás requisitos deberán ser presentados por el solicitante en forma física en la presidencia municipal del municipio donde se encuentre el predio donde desarrolla la actividad ganadera, la cual remite a la Secretaría de Desarrollo Rural la documentación para expedir el registro. Una vez terminado, el certificado de registro se entrega al solicitante físicamente a través de los municipios.

Tiempo de Respuesta
90 días naturales. En caso de no obtener respuesta, se entenderá en sentido negativa la solicitud.
Horario de Atención

Lunes a viernes de 9:00 a 16:00 horas

Página Web - Redes Sociales
Correo Electrónico

Personas físicas o morales que pretendan dedicarse a la ganadería y registrar un fierro de herrar y/o señal de sangre para marcar animales, a efecto de, entre otras cosas, acreditar la propiedad sobre los mismos.


Para la expedición del registro de fierro de herrar y/o señal de sangre, el solicitante deberá cumplir y presentar con los siguientes requisitos:
I.    Solicitud con fotografía reciente a color tamaño infantil y firma autógrafa, señalada como ANEXO I.  
II.    Original para cotejo y copia del documento vigente que acredite la propiedad o legal posesión del predio (s) donde desarrollará la actividad ganadera, de conformidad con el catálogo señalado como ANEXO II. 
III.    Original del comprobante de pago de derechos y de su respectivo formato, conforme a lo previsto en la Ley de Hacienda para el Estado de Coahuila de Zaragoza.
IV.    Escrito dirigido a la Secretaría de Desarrollo Rural del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza, con firma autógrafa en el que manifieste consentimiento para el tratamiento de sus datos personales establecido en el aviso de conformidad respectivo, señalados como ANEXO III y ANEXO IV. 
V.    Adicionalmente a lo señalado en las fracciones I, II, III y IV del presente artículo, si el solicitante es una persona física deberá presentar: 
1)    Copia de su clave única de registro de población (CURP), expedida por autoridad competente. 
2)    Original para cotejo y copia del anverso y reverso de la identificación oficial vigente con nombre, domicilio, fotografía y firma.
VI.    Adicionalmente a lo señalado en las fracciones I, II, III y IV del presente artículo, si el solicitante es una persona moral, por conducto de su apoderado o representante legal deberá presentar: 
1)    Original para cotejo y copia del acta constitutiva protocolizada e inscrita en el registro público, o en su caso, del documento legal de creación, de conformidad con la legislación aplicable. 
2)    Original para cotejo y copia del acta protocolizada e inscrita en el registro público mediante la que se designa a quien interviene, como apoderado, con una antigüedad no mayor a tres años, o de ser el caso, mediante el documento en el que se le designe como representante legal, de acuerdo la normatividad vigente. 
3)    Original para cotejo y copia de identificación oficial vigente con nombre, domicilio, fotografía y firma de quien interviene, como apoderado o representante legal. 
Comprobante de pago de derechos



Acuerdo por el que se determinan los requisitos para la expedición, revalidación, traspaso y cancelación del registro del fierro de herrar y la señal de sangre en el Estado de Coahuila de Zaragoza.



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