La o las personas interesadas en adoptar un Niño, Niña o Adolescente, deberán presentarse en las instalaciones de la PRONNIF con su solicitud y requisitos.
Lugar de Atención |
Telefono |
REGIÓN SURESTE |
Teléfono: (844) 434 1000 y/o (844) 434 0841 |
REGIÓN LAGUNA |
Teléfono: (871) 716 30 88 |
REGIÓN CENTRO |
Teléfono: (866) 632 17 88 |
REGIÓN CARBONÍFERA |
Teléfono: (861) 612 93 41 |
REGIÓN NORTE I PIEDRAS NEGRAS |
Teléfono: (878) 112 00 42 |
REGIÓN NORTE II ACUÑA |
Teléfono: (877) 773 10 35 |
PASOS
Las personas solicitantes de adopción de niñas, niños y adolescentes, deberán:
1.Presentar la Solicitud de adopción debidamente requisitada, exhibiendo en original o copia certificada los documentos solicitados
Lunes a viernes de 09:00 a 16:00 horas.
La o las personas interesadas en adoptar un Niño, Niña o Adolescente
I. Solicitud de adopción debidamente requisitada;
II. Carta individual de exposición de motivos;
III. Acta de nacimiento de las personas solicitantes de adopción;
IV. Acta de matrimonio o constancia de concubinato, en su caso;
V. En el caso de que las personas solicitantes de adopción tengan hijas o hijos, deberán presentar también actas de
nacimiento de los mismos;
VI. Copia de la Clave Única de Registro de Población e identificación oficial con fotografía;
VII. Dos fotografías tamaño credencial de las personas solicitantes de adopción;
VIII. Fotografías en tamaño postal y a color de las personas solicitantes de adopción en su entorno familiar, así como
de su domicilio;
IX. Comprobantes de ingresos;
X. Constancia de trabajo, misma que deberá hacer referencia al puesto que ocupa la persona solicitante de adopción,
las actividades que desarrolla en el mismo, su antigüedad y su sueldo;
En caso de que las personas solicitantes de adopción estén imposibilitadas de exhibir constancia de trabajo, deberán presentar una constancia contable, o bien, un documento privado u oficial del que se desprenda su actividad laboral, y el ingreso que perciben, así como el tiempo que lleva realizando dicha actividad;
XI. Comprobante de domicilio de las personas solicitantes de adopción
XII. Certificado médico expedido por institución oficial respecto de las personas solicitantes de adopción conforme a lo establecido en el artículo 37 de la presente Ley;
XIII. Examen toxicológico de las siguientes sustancias: anfetaminas, barbitúricos, benzodiacepinas, cannabinoides, cocaína y opiáceos;
XIV. Carta de no antecedentes penales de las personas solicitantes de adopción, respecto de delitos de índole sexual o cualquier otro cometido dolosamente o negligentemente en contra de niñas, niños y adolescentes;
XV. Dos cartas de recomedación de personas que conozcan su intención de adoptar, con los datos de contacto de quien expida la misma.
Presencial