Secretaría de Gobierno
Trámite: Registro de Divorcio
Descripción del Trámite
Asentamiento de divorcio, en cualquiera de sus modalidades, ante las Oficialías del Registro Civil
Lugar de Atención |
Telefono |
El señalado en el directorio de oficialías. |
Secretaría
Secretaría de Gobierno
Área u Oficina
Dirección del Registro Civil (Oficialía del Registro Civil)
Costo y Forma de Pago
Divorcio judicial $ 1,347.00 Divorcio administrativo $ 6,104.00 Divorcio Notarial $ 1,347.00
Observaciones
PASOS
1.- Presentarse en el horario de atención de la Oficialía, con la documentación requerida. |
2.- Realizar el pago correspondiente |
3.- Recibir el Registro correspondiente para el Interesado. |
Tiempo de Respuesta
Inmediato
Horario de Atención
El señalado en el directorio de oficialías.
Página Web - Redes Sociales
Correo Electrónico
El señalado en el directorio de oficialías.
Personas que tramitaron su divorcio ya sea judicial o administrativo.
Divorcio Judicial |
- Copia certificada de la sentencia que declare el divorcio y auto que declare la ejecutoriada. |
- Oficio que emite el Juez competente a la Dirección del Registro Civil y Oficial del Registro Civil que corresponda. |
- Copia certificada del acta de nacimiento de los divorciados. |
- Copia de identificación oficial con fotografía de los divorciados. |
- Dos testigos mayores de edad con copia de identificación con fotografía. |
- CURP de los divorciados. |
Divorcio Administrativo |
- Copia Certificada del acta de matrimonio de los solicitantes. |
- Copia certificada del acta de nacimiento de los hijos, en su caso. |
- Copia de identificación oficial con fotografía de los divorciados. |
- Certificado médico de no gravidez. |
- Documento que acredite la disolución de la sociedad conyugal en su caso. |
- Solicitud de Divorcio Administrativo firmado por los interesados. |
- Acta de recibo de solicitud de divorcio por el Oficial del Registro Civil. |
- CURP de los divorciados. |
Divorcio Notarial |
- Oficio de Notario acompañado de Acta Circunstanciada fuera de protocolo dónde se consideran divorciados. |
- Identificación oficial con foto de quien va a realizar el asentamiento. |
- CURP de los divorciados. |
En la Oficialía del Registro Civil que corresponda, presentar original y copia de la documentación. |
En el caso del Divorcio Judicial, la Ley para la Familia del Estado de Coahuila de Zaragoza establece en su Artículo 105 lo siguiente: En el divorcio, la falta de registro, no quita a éste sus efectos legales; pero si el registro no se efectúa dentro de los sesenta días siguientes a la fecha en que causó ejecutoria la sentencia, sujeta a las personas que se divorciaron a una sanción de diez a veinte unidades de cuenta en el Estado que impondrá el o la oficial del Registro Civil y se enterará en la Recaudación de Rentas del Estado del domicilio del Registro. |
Presencial.